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Plebiscito vs Asamblea Constituyente

Sobre el estatus de Puerto Rico
 
Un plebiscito es una votación directa por el pueblo puertorriqueño. Tiene la ventaja de someter un asunto directamente ante el pueblo para determinar la voluntad popular. A diferencia de la asamblea constituyente, en donde las opciones se pueden reafinar o modificar, un plebiscito requeriría necesariamente opciones predeterminadas de estatus en la boleta de votación, sin la posibilidad de modificar dichas opciones.
 
Cualquier cambio hecho por una asamblea constituyente a las opciones de estatus mencionadas en la legislación podría invalidar la promesa hecha por Estados Unidos o por lo menos requerir una medida adicional del Congreso que refleje consentimiento de los cambios hechos.

Otro problema que puede presentarse en una asamblea constituyente es la selección de delegados para esa asamblea, ya que habría discrepancia significativa sobre la manera de elegir a los delegados. Sería posible elegir delegados, pero no está claro si ese proceso sería mejor que el concepto del propio plebiscito. Algunos promotores de esta opción argumentaron que los delegados deben ser seleccionados entre un grupo representativo de la sociedad puertorriqueña, sin énfasis en los partidos políticos.
 
Esta información surge del informe del Task Force 2011 del Presidente de EEUU sobre el estatus político de Puerto Rico. Págs. 28-31.
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